martes, 12 de noviembre de 2013

Salario y Consumo


Es en virtud del artículo 2 de nuestra Constitución que Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia. Esto significa que en nuestro país la acción del Estado no es legítima con tan sólo acatar la ley sino que debe igual e incluso, con más fuerza, procurar, la democracia, el bienestar social y la justicia. Aquello, que sale de una clase básica de educación ciudadana, hay que tenerlo debajo de la manga para cualquier argumento destinado a convencer que, meter la lupa y la fuerza a los establecimientos que desconocen el derecho, no es tan sólo legal sino una orden constitucional que debe acatar el Poder Público Nacional.

Se sorprenderán algunos de saber que la idea del Estado Social no es precisamente “culpa ‘e Chávez” sino que la noción germana recorrió bastante tiempo Europa antes de pisar nuestro Continente y hoy, en medio de la crisis económica que bate desde el 2008 el viejo continente vuelve a ser un tema central para los ius publicistas. 

Así podemos leer, por ejemplo, a Embid Trujo, que desde España plantea “el concepto de Estado Social de Derecho se refiere a las políticas de los poderes públicos destinados a hacer realidad la proclamación a la igualdad que en los parámetros del Estado de Derecho es, solamente, una igualdad jurídica y ahora se pretende que lo sea además material. Con esas premisas, derechos y apoyos a los desfavorecidos, la consecución de la igualdad formal propia del Estado de Derecho, y sobre todo, el planteamiento de la inatacabilidad de las conquistas sociales.”

Visto desde aquí, las acciones que llevan a supervisar que los comercios cumplan con la venta con cálculos de ganancias en bolívares, actuales y legales, constituyen un acto natural para el Estado de Derecho. Pero lo central es que en el ajuste a esta norma se busca proteger el salario como conquista social del pueblo venezolano.

De modo, que el salario deja de ser sal que espera disolverse en el océano y se convierte en el mecanismo mediante el cual el trabajo es el “hecho social [que] goza de protección como proceso fundamental para alcanzar los fines del Estado, la satisfacción de las necesidades materiales morales e intelectuales del pueblo y la justa distribución de la riqueza.” (LOTTT)

Sobre esta comparación hay una duda que surge evidente y es, que la lógica supondría que a mayor salario tiene el comercio más campo y en consecuencia no existe enemistad posible entre estos dos conceptos y aquello, sólo se mantiene si omitimos que en la economía juegan de manera más clara que la oferta y la demanda los intereses sociales y políticos de los participantes.

No es en Venezuela el sector de bienes y servicios una cartera apetecible. Nuestra rudimentaria industria no lo permite. El interés se encuadra en el sector petrolero meta última a recuperar de la guerra económica, así como, bien como lo dice Carola Chávez para el pesar de los “nuevos ricos” que ahora juegan para la derecha, entre la gente rica no vale el dinero sino el abolengo.

Así, con la multiplicación por miles no se busca aumentar las ganancias pues, podría sostenerse que más se gana vendiéndole “mas a más personas” que “menos por más a menos personas” pero si se mantiene la ley del menor esfuerzo y la de la mayor distancia. Un poco en una lógica de la aristocracia decadente, para la oligarquía es mejor si las clases bajas comen perrarina, y, si en vez de lavar a máquina lo hacen el río.

¿Por qué? Porque a mayor miseria mas necesidad de trabajo y cuando esto pasa, la gente estudia menos y al estar menos “capacitados” su trabajo es más barato y vuelven los tiempos de Señores y privilegios, condenándo para siempre esta socialista aventura de igualdad que “culpa’e Chávez” los carga por acá.

Caracas

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