viernes, 10 de mayo de 2013

Modas Jurídicas

Cada tanto tiempo entre los juristas se dan pandemias. Una fiebre monotemática acongoja las librerías y los seminarios distrayendo todo el  pensamiento de los otros temas posibles, necesarios.

Esta idea que me recorría revisando algunas revistas jurídicas llevaba necesariamente a una pregunta quién impone la moda jurídica y con qué objeto. Así como la maxifalda vuelve cuando la industria textil se venga del tiempo de la minifalda que reduce tanto sus ventas, alguien tiene que tener el dedo puesto en el asunto de las modas jurídicas.

El dedo ha de ponerse porque la moda jurídica tiene consecuencias. Si miramos el mapa veremos que en éste momento a nivel mundial se habla de derechos civiles y se olvidan los  derechos económicos lo que se corresponde con una agenda mundial que reivindica lo individual, y casa adentro, en nuestra América veremos una tendencia de las escuelas de Derecho a hablar la democracia en términos de empresa y cuestionar los parlamentos.

Entonces la agenda del derecho no nace del Parlamento, lo que le daría una cara de democracia porque la decidirían los Diputados como representantes del pueblo sino las cúpulas empresariales que conviven entre las Editoriales, las Revistas y las Facultades.

¿La moda jurídica en América, es dictada por la OEA? Quizás, lo que es una cara por su propia esencia imperial y por demás, una lastima, porque repaso con los ojos para confirmar la ausencia de una bibliografía que nos hable del Estado comunal como nueva articulación sociojurídica de la República, el paso adelante en los derechos colectivos, la teorización sobre el reconocimiento del pluralismo jurídico.

Nuestra agenda la de los abogados que andamos escribiendo con la mano izquierda, ha de ser pensada y discutida, desprendida de modas irreflexivas y agendas teledirigidas.

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