lunes, 20 de enero de 2014

Contra la discriminación


A Desalambrar
Contra la discriminación
 Ana Cristina Bracho

Justo arranca el año y la lucha contra la discriminación toca la puerta. Pues el miércoles de esta semana, hubiese cumplido años Martin Luther King, quien supo denunciar que en Estados Unidos la discriminación racial era un sistema de vida. A la vez que el 2014 comienza  en Venezuela con el anuncio en las redes sociales y los medios de comunicación de que será presantado un proyecto de Ley para que se dé –finalmente- el debate para modificar el Código Civil y permitir el matrimonio igualitario.

La discriminación y el racismo son dos conceptos cercanos pero no son lo mismo. El racismo, que es la exclusión del que consideramos étnicamente distinto, sigue siendo usual en todo el planeta y se ha mantenido después de la Colonia, en el rechazo y maltrato de los pueblos originarios. Sin embargo, la discriminación es un concepto más amplio, que equivale a no reconocer en el derecho y en los hechos, a otro u a otra, como igualmente digno.

La dignidad es la cualidad de lo humano y el nudo al que todos los derechos se aferran para que cada quien pueda disponer de un buen vivir. El buen vivir, como concepto integral requiere de condiciones óptimas para la vida privada, la participación política, así como, el bienestar material. Ahora bien, suele discriminarse a aquél o a aquella que se considera distinto y esto está prohibido si ese trato se convierte en limitar el acceso a derechos o a beneficios que a un igual, le corresponderían. Allí la diferencia, puede darse otro trato a quién está en otras condiciones o a quién lo requiere para acceder a un derecho pero no, para limitar un derecho.

En el caso de las personas sexodiversas se encuentran con prohibiciones y limitaciones, tácitas y expresas, que equivalen a que siendo titulares de los mismos deberes, amparados por la clausula general de la igualdad, no tienen en la práctica los mismos derechos.

Pues, la interpretación constitucional hecha desde la tradición jurídica patriarcal venezolana y la existencia de una regulación del matrimonio en lo esencial no modificada desde hace más de un siglo, les impide casarse aunque la Constitución declare como principio fundamental la igualdad entre todos y todas.

Las consecuencias de esto van más allá del aspecto sentimental porque les prohíbe desarrollar la vida en común en sentido pleno, que incluye por ejemplo, la capacidad de beneficiar políticas de habitación o heredar entre ellos, a la muerte de alguno. Esta situación, remanente pesado de un peor derecho exige de ser enmendada y el apoyo debe limitarse a sus beneficiarios sino a todos quienes, a todas quienes, se indignan ante la desigualdad.

Caracas
@anicrisbracho

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