A Desalambrar
Contra la discriminación
Ana
Cristina Bracho
Justo arranca el año y la lucha contra la
discriminación toca la puerta. Pues el miércoles de esta semana, hubiese
cumplido años Martin Luther King, quien supo denunciar que en Estados Unidos la
discriminación racial era un sistema de vida. A la vez que el 2014 comienza en Venezuela con el anuncio en las redes
sociales y los medios de comunicación de que será presantado un proyecto de Ley
para que se dé –finalmente- el debate para modificar el Código Civil y permitir
el matrimonio igualitario.
La discriminación y el racismo son dos
conceptos cercanos pero no son lo mismo. El racismo, que es la exclusión del
que consideramos étnicamente distinto, sigue siendo usual en todo el planeta y se
ha mantenido después de la Colonia, en el rechazo y maltrato de los pueblos
originarios. Sin embargo, la discriminación es un concepto más amplio, que
equivale a no reconocer en el derecho y en los hechos, a otro u a otra, como
igualmente digno.
La dignidad es la cualidad de lo humano y el
nudo al que todos los derechos se aferran para que cada quien pueda disponer de
un buen vivir. El buen vivir, como concepto integral requiere de condiciones óptimas
para la vida privada, la participación política, así como, el bienestar
material. Ahora bien, suele discriminarse a aquél o a aquella que se considera
distinto y esto está prohibido si ese trato se convierte en limitar el acceso a
derechos o a beneficios que a un igual, le corresponderían. Allí la diferencia,
puede darse otro trato a quién está en otras condiciones o a quién lo requiere
para acceder a un derecho pero no, para limitar un derecho.
En el caso de las personas sexodiversas se
encuentran con prohibiciones y limitaciones, tácitas y expresas, que equivalen
a que siendo titulares de los mismos deberes, amparados por la clausula general
de la igualdad, no tienen en la práctica los mismos derechos.
Pues, la interpretación constitucional hecha
desde la tradición jurídica patriarcal venezolana y la existencia de una
regulación del matrimonio en lo esencial no modificada desde hace más de un
siglo, les impide casarse aunque la Constitución declare como principio
fundamental la igualdad entre todos y todas.
Las consecuencias de esto van más allá del
aspecto sentimental porque les prohíbe desarrollar la vida en común en sentido
pleno, que incluye por ejemplo, la capacidad de beneficiar políticas de
habitación o heredar entre ellos, a la muerte de alguno. Esta situación, remanente
pesado de un peor derecho exige de ser enmendada y el apoyo debe limitarse a
sus beneficiarios sino a todos quienes, a todas quienes, se indignan ante la
desigualdad.
Caracas
@anicrisbracho
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